Uno de los errores más frecuentes en las discusiones sobre Sola Scriptura es asumir que el debate gira únicamente en torno al momento histórico en que el canon fue reconocido formalmente por la Iglesia. Sin embargo, la cuestión más profunda no es cronológica sino epistemológica: ¿qué autoridad hizo posible que la Iglesia pensara, hablara y definiera doctrinalmente desde el principio?
Muchos apologistas ortodoxos y romanos argumentan que primero existió la tradición y luego el canon. En cierto sentido histórico esto es parcialmente correcto: la Iglesia existía, predicaba, bautizaba y celebraba la Cena del Señor antes de la fijación conciliar definitiva del canon. Pero esa observación no resuelve la cuestión fundamental. La pregunta verdaderamente decisiva es otra: ¿qué presuposición revelacional hacía posible que la Iglesia identificara correctamente qué era Dios, qué era Cristo, qué era la verdad y qué era la propia Iglesia?
La respuesta de los Padres apostólicos y conciliares fue constantemente la misma: las Escrituras.
El problema central de muchos modelos tradicionales modernos es que confunden prioridad histórica con prioridad epistemológica. Que la Iglesia históricamente preceda a la formalización conciliar del canon no significa que la Iglesia sea epistemológicamente superior a la revelación divina. La Trinidad existía antes de Nicea; Cristo era verdadero Dios y verdadero hombre antes de Calcedonia; y las Escrituras eran Palabra de Dios antes de cualquier reconocimiento conciliar.
La Iglesia reconoce; no constituye ontológicamente la revelación.
Esto se vuelve aún más evidente cuando observamos algo que los mismos concilios presuponían continuamente, pero jamás definieron exhaustivamente: qué es una persona.
Los concilios ecuménicos hablaron de:
- una esencia y tres hipóstasis,
- una persona y dos naturalezas,
- relaciones personales divinas,
- sujetos personales racionales,
- responsabilidad moral,
- continuidad de identidad.
Sin embargo, nunca ofrecieron una definición metafísica completa y autónoma de “persona”. ¿Por qué? Porque los Padres no partían de especulación filosófica independiente, sino de categorías recibidas de la revelación bíblica.
La Escritura ya presentaba al hombre como creado a imagen de Dios:
“Y creó Dios al hombre a su imagen.”
— Génesis 1:27
La Escritura describe lo que una persona es:
“Porque cual es su pensamiento en su corazón, tal es él.”
— Proverbios 23:7
La Escritura ya presentaba continuidad personal:
“Yo soy el Dios de Abraham, el Dios de Isaac y el Dios de Jacob.”
— Éxodo 3:6
La Escritura ya distinguía sujetos personales divinos:
“Bautizándolos en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo.”
— Mateo 28:19
La Escritura ya revelaba racionalidad, voluntad, relación, responsabilidad moral y continuidad del ser humano delante de Dios.
Por ello, cuando los Padres hacían teología, no comenzaban preguntando abstractamente: “¿Qué es metafísicamente una persona?” Comenzaban preguntando: “¿Qué debemos afirmar necesariamente si creemos lo que las Escrituras revelan acerca del Padre, del Hijo, del Espíritu Santo y del hombre creado a imagen de Dios?”
La Escritura funcionaba como fundamento epistemológico previo incluso para el desarrollo doctrinal.
Muchos debates sobre canon y tradición se quedan en: “¿qué vino primero históricamente?”
Pero la discusión es más profunda: “¿qué debe presuponerse para que siquiera exista una Iglesia capaz de reconocer tradición, canon o concilio?”
Y allí el terreno cambia completamente.
Porque si:
- la Iglesia es una comunión de personas,
- Cristo es una persona divina encarnada,
- el Padre, Hijo y Espíritu son personas divinas,
- y la salvación involucra personas,
entonces la noción de “persona” no es secundaria: es fundacional.
Pero los concilios no producen desde cero esa ontología personal. La presuponen desde la revelación bíblica. La Escritura no aparece al final como producto de la Iglesia, sino al inicio como condición de posibilidad para que la Iglesia piense correctamente.
Incluso podemos formularlo así: “La Iglesia no puede constituir autoritativamente la revelación que previamente necesita para saber qué es la Iglesia.”
Del mismo modo: Adán existió antes de Génesis escrito, pero Génesis revela normativamente qué es Adán.
La existencia histórica no equivale a autoridad normativa última. Y precisamente en los concilios se ve esto:
cada vez que surge crisis doctrinal, el recurso final es:
- “los profetas dicen”,
- “el Evangelio enseña”,
- “Pablo afirma”,
- “según las Escrituras”.
Nunca: “La Iglesia define arbitrariamente la realidad.”
Sí, la Iglesia recibió, copió, preservó y reconoció el canon. Pero no por ello la Iglesia se vuelve metafísicamente superior a la revelación que la constituye.
Porque la Iglesia es creatura Verbi: criatura de la Palabra. Y para saber qué es:
- Dios,
- el hombre,
- la persona,
- la Iglesia,
- la salvación,
- la verdad,
la Iglesia misma depende de la revelación divina.
Esto es crucial para la apologética de Sola Scriptura y también de Prima Scriptura. La afirmación reformada clásica nunca fue que la Iglesia no tuviera autoridad ministerial, ni que la tradición careciera de valor. Los Reformadores constantemente apelaron a los Padres, credos y concilios ecuménicos. El punto era otro: ninguna tradición posee autoridad autónoma para constituir verdad aparte de la revelación divina normante.
Incluso los grandes concilios funcionaban de esta manera. Nicea no dijo: “esto es verdad porque nosotros lo decretamos”. Más bien argumentó desde Juan 1, Hebreos 1 y otros textos bíblicos contra Arrio. Éfeso apeló continuamente a las Escrituras para combatir el nestorianismo. Calcedonia habló de Cristo “según las Escrituras”. Los Padres entendían que su tarea no era producir nueva revelación, sino proteger fielmente el depósito apostólico revelado.
Esto destruye la falsa acusación de que Sola Scriptura implica individualismo o desprecio por la Iglesia. En realidad, Sola Scriptura afirma precisamente lo que los concilios practicaban: la Iglesia está bajo la autoridad de la revelación divina.
La Iglesia no puede constituir autoritativamente la revelación que previamente necesita para saber qué es la Iglesia.
Porque antes de definir:
- sacramentos,
- sucesión,
- concilios,
- cánones,
- liturgia,
- jurisdicción,
la Iglesia ya debe presuponer:
- qué es Dios,
- qué es verdad,
- qué es una persona,
- qué es racionalidad,
- qué es identidad,
- qué es revelación.
Y todas esas categorías aparecen reveladas normativamente en las Escrituras.
Por eso los Padres apostólicos y conciliares podían hacer teología aun antes de una formalización completa del canon: porque la Palabra de Dios ya operaba como autoridad revelacional en la vida de la Iglesia. El canon no comenzó a ser inspirado cuando fue reconocido conciliarmente. Era inspirado porque provenía de Dios.
La Iglesia primitiva no creó la voz del Pastor; reconoció la voz del Pastor.
“Mis ovejas oyen mi voz.”
— Juan 10:27
En consecuencia, la Escritura no aparece al final del proceso teológico como producto de la Iglesia. Aparece al inicio como fundamento epistemológico indispensable para que la Iglesia pueda pensar correctamente acerca de Dios, del hombre y de sí misma.
La tradición cristiana histórica tuvo un papel ministerial y confesional real. Pero incluso esa tradición dependía constantemente de una presuposición previa: que Dios ya había hablado autoritativamente en las Escrituras.
