¿Quién fue más firme respecto a la Escritura: el traductor de la Biblia del Oso o el reformador alemán?
La Reforma del siglo XVI no fue el surgimiento de una iglesia sin historia, ni el intento de inventar una nueva Biblia. Fue, en su mejor expresión, un llamado a que la Iglesia regresara a la Palabra de Dios como su autoridad suprema, suficiente e infalible. Sin embargo, los reformadores no fueron igualmente claros en cada asunto. Tampoco estuvieron libres de tensiones heredadas de la Edad Media o de juicios personales que debían ser corregidos por la misma Escritura que defendían.
Este hecho aparece con particular fuerza cuando comparamos a Martín Lutero con Casiodoro de Reina respecto al Canon bíblico.
Lutero fue más claro al distinguir los libros apócrifos del Antiguo Testamento de los libros canónicos. Casiodoro de Reina, en cambio, aunque dio prioridad al texto hebreo, imprimió y empleó varios libros deuterocanónicos con una libertad que posteriormente Cipriano de Valera limitaría más claramente.
Pero en cuanto al Nuevo Testamento ocurre lo contrario: Reina recibió los veintisiete libros sin dejar señales de duda canónica; Lutero, en cambio, puso bajo sospecha Hebreos, Santiago, Judas y Apocalipsis.
La lección para una fe reformada e hispana es clara: debemos agradecer la obra de nuestros reformadores sin convertirlos en norma de la Iglesia. La norma sigue siendo la Escritura misma.
“Toda la Escritura es inspirada por Dios, y útil para enseñar, para redargüir, para corregir, para instruir en justicia.”
2 Timoteo 3:16, RVR1960
1. El Canon no es creado por la Iglesia ni por los reformadores
Antes de comparar a Reina y Lutero, es necesario establecer un principio fundamental: la Iglesia no crea el Canon; lo recibe porque Dios ha hablado.
Los libros bíblicos no llegan a ser Palabra de Dios porque un concilio, un papa, una confesión o un reformador los reconozca. Son Palabra de Dios porque proceden del Dios que habla por sus profetas y apóstoles. La Iglesia reconoce ministerialmente aquella voz; no la produce magistralmente.
Esta fue, en términos generales, la intuición correcta de la Reforma. La Iglesia debe probar toda doctrina por la divina Escritura, porque solamente ella es la regla infalible de fe y conducta. Como dijo Casiodoro de Reina en su Declaración o Confesión de Fe, la Palabra de Dios es la “única regla, luz e instrumento” para examinar las doctrinas.
La pregunta histórica, entonces, no es quién tuvo poder para establecer el Canon, sino quién reconoció con mayor fidelidad el testimonio que Dios ya había dado en sus libros inspirados.
2. Casiodoro de Reina y el Antiguo Testamento: autoridad hebrea, recepción amplia
La autoridad primera del texto hebreo
En la Amonestación del intérprete de los Sacros Libros al lector, colocada al inicio de la Biblia del Oso de 1569, Reina explica los principios de su traducción. Allí afirma que procuró acercarse cuanto pudo a la fuente hebrea, pues del texto hebreo procede “la primera authoridad”.
Este principio es profundamente significativo. Reina no quiso sujetar la traducción castellana a la Vulgata latina como norma final. Acudió al hebreo, consultó la traducción latina de Sanctes Pagnino y utilizó la Biblia de Ferrara como ayuda lingüística para comprender con mayor precisión los vocablos hebreos.
En esto Reina pertenece claramente a la corriente reformadora que buscó recuperar la fuente original del Antiguo Testamento. Su Biblia no es solamente una joya literaria hispana; es también un testimonio de la convicción de que el pueblo de Dios debe recibir la Palabra desde sus fuentes y no desde la autoridad exclusiva de una versión eclesiástica posterior.
Reina no formuló todavía una exclusión tajante de todos los deuterocanónicos
Sin embargo, no debemos leer a Reina como si ya hubiera expresado el canon reformado posterior de treinta y nueve libros del Antiguo Testamento con la precisión de la Confesión Belga o de la Confesión de Westminster.
La Biblia del Oso incluyó Tobías, Judit, Sabiduría, Eclesiástico, Baruc, los libros de los Macabeos, adiciones a Ester y Daniel, y la Oración de Manasés. Además, en su Confesión de Fe, Reina emplea referencias marginales a Sabiduría 6:3, Sabiduría 2:24 y al Eclesiástico en medio de su argumentación moral y política.
Reina sí conocía la categoría de “apócrifos”. Al presentar la Oración de Manasés advierte que, por no hallarse en el texto hebreo, solía contarse entre los libros apócrifos. Pero su práctica editorial y confesional muestra que no trataba todos los libros deuterocanónicos exactamente como lo haría posteriormente el protestantismo reformado maduro.
Por tanto, sería históricamente incorrecto afirmar que Casiodoro de Reina dejó formulada una doctrina explícita de los sesenta y seis libros tal como se confesaría después. Su posición fue más compleja:
- dio autoridad primaria al texto hebreo;
- reconoció que ciertos escritos eran tenidos por apócrifos;
- incluyó libros deuterocanónicos en su Biblia;
- y utilizó algunos de ellos en su argumentación confesional.
Aquí Reina necesita ser recibido con gratitud, pero también con discernimiento.
3. Casiodoro de Reina y el Nuevo Testamento: recepción firme de los veintisiete libros
Donde Reina aparece especialmente firme es en su recepción del Nuevo Testamento.
La Biblia del Oso contiene íntegramente los veintisiete libros del Nuevo Testamento: los cuatro Evangelios, Hechos, las epístolas paulinas, Hebreos, Santiago, las epístolas de Pedro, las epístolas de Juan, Judas y Apocalipsis.
Más importante aún: Reina no coloca Hebreos, Santiago, Judas o Apocalipsis en una categoría inferior. Tampoco deja prólogos semejantes a los de Lutero en los que cuestione la apostolicidad o el valor doctrinal de esos libros.
Su Confesión de Fe emplea sin reserva:
- Hebreos, para la doctrina de Cristo y la perseverancia de los fieles;
- Santiago, para describir la conducta sabia del creyente;
- Apocalipsis, para afirmar la omnipotencia y el gobierno divino.
Es decir, mientras Reina puede ser cuestionado por no haber definido con suficiente claridad la exclusión de los deuterocanónicos del AT, no tenemos evidencia de que haya dudado de la autoridad de los veintisiete libros del Nuevo Testamento.
Este punto no es menor. En una época en la que algunos reformadores alemanes mantenían reservas sobre libros históricamente discutidos, el reformador español recibió el Nuevo Testamento completo sin someter parte de él a un canon secundario.
4. Lutero y el Antiguo Testamento: una distinción más clara
En el caso de Martín Lutero, el panorama del Antiguo Testamento es mucho más definido.
La Biblia alemana completa de 1534 incluyó los libros llamados apócrifos, pero los colocó en una sección separada entre el Antiguo y el Nuevo Testamento. Su encabezado declaraba que eran libros “no tenidos por iguales a la Sagrada Escritura”, aunque útiles para leer.
Aquí Lutero fue más claro que Reina: los libros apócrifos podían tener valor histórico, moral o devocional, pero no poseían la misma autoridad normativa que los libros canónicos.
Esta posición se encontraba en continuidad con la distinción de Jerónimo entre los libros del canon hebreo y aquellos que podían leerse en la Iglesia, pero no utilizarse para establecer doctrina.
Cipriano de Valera caminaría posteriormente en una dirección semejante. En su revisión de 1602 declaró que había quitado las referencias de los libros apócrifos dentro de los libros canónicos porque no era correcto confirmar “la palabra de Dios con la de los hombres”.
En este aspecto, la revisión de Valera representó una clarificación reformada de la herencia bíblica hispana que Reina había inaugurado.
5. Lutero y el Nuevo Testamento: cuatro libros bajo reserva
La dificultad mayor aparece cuando Lutero trata el Nuevo Testamento.
Lutero no eliminó físicamente ningún libro del Nuevo Testamento. Su traducción imprimió los veintisiete libros. Pero en su edición de 1522 colocó al final cuatro escritos:
- Hebreos;
- Santiago;
- Judas;
- Apocalipsis.
Estos libros no recibieron en la tabla de contenido el mismo tratamiento que los primeros veintitrés. Lutero los consideró libros cuya reputación había sido diferente desde la antigüedad. La dificultad no era solamente editorial; era verdaderamente teológica y canónica.
Hebreos
Lutero admiró profundamente la exposición del sacerdocio de Cristo contenida en Hebreos. Reconoció su riqueza teológica y su magistral interpretación del Antiguo Testamento.
Sin embargo, dudó de que hubiera sido escrito por Pablo o por algún apóstol. También tuvo serias dificultades con Hebreos 6 y Hebreos 10, pues entendía que estos textos parecían negar la posibilidad de arrepentimiento al creyente caído.
Por ello no quiso colocarlo al mismo nivel que las epístolas indiscutiblemente apostólicas.
Esta reserva contrasta fuertemente con Reina, quien emplea Hebreos normalmente como Escritura apostólica y normativa.
Santiago
La crítica de Lutero contra Santiago fue todavía más severa.
Lutero interpretó Santiago 2:24 como una contradicción de la doctrina paulina de la justificación por la fe. Además, acusó a la carta de hablar demasiado de la ley y no exponer suficientemente la muerte y resurrección de Cristo.
De allí surgió su conocida valoración negativa de Santiago como una “epístola de paja” en comparación con Juan, Pablo y Pedro.
Pero aquí Lutero permitió que una dificultad exegética juzgara la canonicidad del libro, en vez de permitir que la analogía de la fe resolviera la aparente tensión. Pablo niega que las obras sean el fundamento por el cual el impío es declarado justo ante Dios; Santiago niega que una fe muerta, sin frutos, pueda ser reconocida como fe viva. No existe contradicción entre ambos apóstoles.
La doctrina de la justificación no debe ser protegida degradando la carta de Santiago, sino interpretando correctamente tanto a Pablo como a Santiago.
Judas
Lutero consideró que Judas dependía de 2 Pedro y que utilizaba tradiciones que no aparecían en otros libros bíblicos. Por ello no quiso contarlo entre los libros principales que establecen el fundamento de la fe.
Sin embargo, que Judas haga referencia a tradiciones conocidas por sus lectores no constituye prueba contra su inspiración. El Espíritu Santo puede incorporar en un escrito inspirado una referencia verdadera sin convertir en canónico todo el documento o tradición de donde procedía.
Apocalipsis
La reserva inicial de Lutero contra Apocalipsis fue especialmente fuerte. En 1522 expresó dudas sobre su carácter apostólico y profético. Le parecía oscuro y difícil de interpretar, y no veía en él una proclamación de Cristo comparable a la que encontraba en Juan o Pablo.
Posteriormente su opinión se moderó considerablemente. Lutero llegó a ver en Apocalipsis una profecía del conflicto de la Iglesia, del Anticristo, de la preservación del Evangelio y de la victoria final de Cristo.
Con todo, su duda inicial demuestra un peligro metodológico: un libro bíblico no puede ser juzgado no canónico porque resulte difícil o porque no se acomode inmediatamente a nuestras categorías teológicas. El Apocalipsis comienza confesando que es “la revelación de Jesucristo” y termina proclamando la venida victoriosa del Señor. El libro no carece de Cristo; está saturado de su Reino, juicio y victoria.
6. El problema del criterio de Lutero: ¿qué libro “predica a Cristo”?
Lutero sostuvo que el verdadero criterio para evaluar un libro era si este “impulsaba” o “predicaba” a Cristo. En cierto sentido, esta afirmación contiene una verdad fundamental: toda la Escritura converge en Cristo. Él mismo dijo:
“Escudriñad las Escrituras; porque a vosotros os parece que en ellas tenéis la vida eterna; y ellas son las que dan testimonio de mí.”
Juan 5:39, RVR1960
Pero el criterio de Lutero se volvió problemático cuando fue aplicado subjetivamente. No corresponde al intérprete determinar que un libro apostólico deja de tener plena autoridad porque, según su lectura personal, no predica a Cristo con suficiente claridad.
Santiago predica a Cristo como el Señor de gloria. Judas predica a Cristo como el único Soberano y Señor que preserva a su pueblo. Hebreos expone con extraordinaria profundidad el sacerdocio, sacrificio y reinado del Hijo. Apocalipsis presenta al Cordero inmolado reinando sobre las naciones y venciendo a todos sus enemigos.
El problema no estaba en esos libros, sino en el criterio reducido con que Lutero los evaluó.
Una doctrina verdaderamente reformada de la Escritura debe confesar que Cristo es el centro de toda la Escritura, pero también que toda la Escritura canónica determina cómo debemos conocer y confesar a Cristo. No juzgamos qué Escritura aceptar según nuestra teología previa; nuestra teología debe ser juzgada por toda la Escritura.
7. Los luteranos después de Lutero: de la reserva a la recepción práctica de los veintisiete libros
Los luteranos posteriores no repitieron todos uniformemente las dudas de Lutero.
La Fórmula de Concordia de 1577, una de las principales confesiones del luteranismo, declaró que la única regla y norma conforme a la cual deben juzgarse todas las doctrinas y todos los maestros son las Escrituras proféticas y apostólicas del Antiguo y del Nuevo Testamento.
Sin embargo, la Fórmula de Concordia no proporcionó una lista explícita de libros canónicos. Por ello, dentro de la ortodoxia luterana posterior continuó una discusión acerca de los llamados antilegomena, es decir, los libros que algunos autores antiguos habían cuestionado.
Martín Chemnitz
Martín Chemnitz, uno de los grandes teólogos posteriores a Lutero, conservó la distinción entre:
- los libros universalmente recibidos;
- y los libros discutidos por algunos en la Iglesia antigua.
Chemnitz fue más sobrio que Lutero. No necesitó despreciar Santiago ni tratar Apocalipsis como un libro inferior por no comprender todos sus símbolos. Su preocupación principal fue negar que la Iglesia romana pudiera convertir en Escritura, por decreto, aquello que no procediera de autoridad profética o apostólica.
Johann Gerhard
Con Johann Gerhard, a comienzos del siglo XVII, la ortodoxia luterana avanzó hacia una recepción mucho más firme de los veintisiete libros del Nuevo Testamento.
Gerhard distinguió entre libros canónicos de primer rango, cuya recepción nunca había sido seriamente disputada, y libros de segundo rango, cuya autoría humana había sido discutida por algunos antiguos. Pero sostuvo que estos últimos podían ser reconocidos como Escritura divina y canónica.
La distinción dejó de significar una exclusión real del Canon. Hebreos, Santiago, Judas y Apocalipsis fueron recibidos como Palabra de Dios, aunque se reconociera históricamente que su recepción antigua había sido discutida en algunos lugares.
La trayectoria posterior
La ortodoxia luterana posterior fue eliminando progresivamente la diferencia práctica entre los libros universalmente recibidos y los libros discutidos. Teólogos como Quenstedt, Calov, Baier y Hollaz reconocieron la inspiración y autoridad divina de los veintisiete libros del Nuevo Testamento.
En otras palabras, el luteranismo posterior no hizo normativa la duda personal de Lutero. Conservó memoria de la discusión histórica, pero terminó confesando en la práctica el mismo Nuevo Testamento completo que Casiodoro de Reina había recibido sin degradación visible en 1569.
8. La importancia de Cipriano de Valera para nuestra herencia bíblica
La historia hispana no termina con Reina. La revisión de Cipriano de Valera de 1602 representa una etapa importante de clarificación.
Valera recibió el monumental trabajo de Reina, conservó su sustancia y, a la vez, hizo más explícita la distinción entre los libros canónicos y los apócrifos. Su objeción fue sencilla y profundamente reformada: no se debe confirmar lo cierto con lo incierto, ni la Palabra de Dios con la palabra de los hombres.
Por eso, la herencia Reina-Valera debe comprenderse históricamente como una obra en desarrollo:
- Reina abrió para el pueblo hispano las fuentes hebreas y griegas de la Palabra de Dios;
- Valera clarificó con mayor precisión la diferencia entre Escritura canónica y libros apócrifos;
- y las iglesias reformadas hispanas posteriores deben recibir esa herencia bajo el juicio supremo de la misma Escritura.
Nuestra gratitud a Reina no exige adoptar todas sus decisiones editoriales. Nuestra admiración por Lutero no exige reproducir sus dudas canónicas. Y nuestra recepción de Valera no descansa simplemente en su autoridad personal, sino en que su clarificación corresponde mejor al testimonio canónico de la Palabra de Dios.
9. Una confesión hispana y reformada del Canon
Una iglesia verdaderamente reformada no confiesa el Canon porque Roma lo haya decretado, ni porque Lutero, Reina o Valera lo hayan determinado. Confiesa el Canon porque el Espíritu Santo da testimonio de su propia Palabra, y porque la Iglesia, iluminada por esa Palabra, reconoce la voz profética y apostólica de Dios.
Respecto al Antiguo Testamento, recibimos los libros entregados al pueblo del pacto en la tradición hebrea, aquellos a los que Cristo y sus apóstoles apelan como “la Escritura”. Podemos leer otros escritos antiguos por su valor histórico o edificante, pero no colocarlos como regla de fe ni fundamento de doctrina.
Respecto al Nuevo Testamento, recibimos íntegramente los veintisiete libros apostólicos. No necesitamos un canon dentro del Canon. No necesitamos disminuir Santiago para proteger a Pablo, ni sospechar de Hebreos para afirmar la gracia, ni reducir Apocalipsis porque proclama el Reino de Cristo mediante símbolos proféticos.
La Escritura no está dividida contra sí misma. El mismo Espíritu que inspiró Romanos inspiró Santiago; el mismo Cristo que reina en los Evangelios reina en Apocalipsis; el mismo sacrificio anunciado en Isaías es expuesto gloriosamente en Hebreos.
Conclusión: gratitud histórica, fidelidad bíblica
Casiodoro de Reina y Martín Lutero fueron instrumentos providenciales en la historia de la Reforma. Ambos contribuyeron poderosamente a devolver la Palabra de Dios al pueblo en su propia lengua. Ambos merecen gratitud. Pero ninguno de ellos es nuestra regla final.
Lutero fue más claro que Reina al distinguir los apócrifos del Antiguo Testamento. Reina fue más firme que Lutero al recibir sin reservas visibles los veintisiete libros del Nuevo Testamento. Valera, por su parte, ayudó a que la tradición bíblica hispana expresara con mayor claridad la diferencia entre los libros canónicos y los apócrifos.
Nuestra fe hispana no necesita elegir entre adulación histórica o desprecio anacrónico. Puede honrar a sus antepasados reformadores y, al mismo tiempo, someterlos a la autoridad de aquella Palabra que ellos mismos quisieron traducir, predicar y defender.
La Iglesia no reina sobre la Escritura. Los reformadores no reinan sobre la Escritura. La tradición no reina sobre la Escritura. Cristo reina por su Palabra, y su pueblo oye su voz en las Escrituras proféticas y apostólicas del Antiguo y del Nuevo Testamento.
“La Escritura no puede ser quebrantada.”
Juan 10:35, RVR1960
Fuentes para consulta
- Casiodoro de Reina, La Biblia, que es, los sacros libros del Viejo y Nuevo Testamento trasladada en español, Basilea, 1569, especialmente la “Amonestación del intérprete de los Sacros Libros al lector”.
- Casiodoro de Reina, Declaración o Confesión de Fe, edición castellana de 1577, especialmente la epístola al lector y los capítulos 16–17.
- Cipriano de Valera, La Biblia. Que es, los Sacros Libros del Viejo y Nuevo Testamento. Segunda edición, Ámsterdam, 1602, “Exhortación al Christiano Lector”.
- Martín Lutero, Prefaces to the Books of the Bible, prólogos a Hebreos, Santiago y Judas, y Apocalipsis.
- The Book of Concord, Formula of Concord, “Summary Content, Rule, and Norm”.
- J. A. O. Preus II, “The New Testament Canon in the Lutheran Dogmaticians,” The Springfielder.
