Fray Alonso de la Vera Cruz contra las bulas de conquista

Dominio indígena, guerra justa y crítica novohispana del título papal

Cuando hoy se habla de las bulas Dum Diversas (1452), Romanus Pontifex (1455) e Inter Caetera (1493), muchas veces se las mete sin distinción en la llamada “doctrina del descubrimiento”. Conviene hacer una precisión histórica: esa expresión jurídica es posterior, y el propio Vaticano ha dicho que fue desarrollada después por poderes coloniales y por jurisprudencias modernas. Pero también ha reconocido que esas bulas no reflejaron adecuadamente la igual dignidad y los derechos de los pueblos indígenas.

Eso hace más importante volver al siglo XVI y escuchar una voz novohispana de primer orden: Fray Alonso de la Vera Cruz. Él no fue un polemista marginal. Fue uno de los intelectuales más serios de la Nueva España, y en su tratado De dominio infidelium et iusto bello, compuesto a partir de su relección de 1553-1554 en la Universidad de México, formuló una de las críticas más fuertes contra los títulos usados para justificar la dominación española sobre los pueblos indígenas. Su obra no fue una glosa línea por línea de cada bula papal; fue algo más profundo: una demolición de los supuestos jurídicos y teológicos que esas bulas habían ayudado a consolidar.

Lo que afirmaban las bulas papales

Dum Diversas, dada por Nicolás V en 1452, autorizó al rey Alfonso V de Portugal a someter a “sarracenos”, “paganos” y otros no creyentes, reduciéndolos a servidumbre perpetua. Romanus Pontifex, de 1455, retomó y amplió esa concesión: habla de invadir, capturar, vencer y subyugar a esos pueblos, de reducir sus personas a “esclavitud perpeatua”, y de apropiarse de sus reinos, dominios y bienes, declarando además que las tierras y mares así adquiridos pertenecían de derecho al rey de Portugal y sus sucesores.

Inter Caetera, de Alejandro VI en 1493, se mueve ya en el contexto del viaje de Colón y de la disputa entre Castilla y Portugal. El documento afirma que el fin es que las “naciones barbaras” sean llevadas a la fe, describe a los pueblos hallados como habitantes reales de esas tierras, y aprueba el propósito de los Reyes Católicos de poner aquellas islas y tierras “bajo su yugo” junto con sus “residentes y habitantes”. Más aún, los constituye “señores de ellos, con pleno y libre poder, autoridad y jurisdicción”. Es decir, la bula reconoce que allí había pueblos y habitantes, pero los inserta en un marco de evangelización bajo soberanía imperial cristiana.

En resumen, estas bulas lo que afirman fue algo jurídicamente decisivo: autorizar o reforzar un régimen de conquista, subordinación y transferencia de dominio sobre pueblos no cristianos. Ese es el punto que después Fray Alonso atacará con fuerza.

La entrada de Fray Alonso de la Vera Cruz

Alonso Gutiérrez llegó a Veracruz en 1536, tomó el hábito agustino y el nombre de Alonso de la Vera Cruz, y llegó a ser una figura central en la vida intelectual novohispana. Su De dominio infidelium et iusto bello fue compuesto hacia 1553-1554, precisamente para tratar el problema del dominio de los indios, la conquista y la guerra justa. Años después, su pensamiento no quedó sólo en el aula: intervino ante autoridades, escribió memoriales y hasta presentó un “Parecer razonado sobre el título del dominio del rey de España sobre las personas y tierras de indios”, donde resumía su postura.

Esto importa mucho. Vera Cruz no está escribiendo desde una abstracción escolástica desconectada de la realidad. Está escribiendo desde la Nueva España, viendo los efectos concretos de la conquista, la encomienda, el cobro de tributos y la desposesión indígena. Por eso su crítica no es sólo doctrinal; es también moral, jurídica y política.

El argumento central: la infidelidad no anula el dominio

La primera gran tesis de Vera Cruz es devastadora para la lógica de conquista por título religioso. En la cuestión décima de su tratado sostiene que ni la potestad espiritual del papa ni la temporal del emperador pueden mover guerra contra los infieles para quitarles el dominio sólo por ser infieles. La razón es clara: la infidelidad no destruye el derecho de dominio. Los infieles poseen justamente lo que retienen; por tanto, no se les puede despojar lícitamente de su señorío por medio de la guerra.

Vera Cruz aplica esa regla directamente al caso americano. Afirma que los habitantes de las islas y tierras recién descubiertas eran “legítimos señores”, con verdadera jurisdicción y posesión. Por eso, dice, no pudo ser justa la guerra hecha contra ellos ni siquiera si hubiese mediado mandato del sumo pontífice. Aquí está el golpe decisivo contra el uso expansivo de la donación pontificia: el papa no puede convertir la sola infidelidad en causa suficiente de sometimiento.

El punto no es menor. Una investigación histórica reciente sobre su pensamiento resume justamente entre los títulos insostenibles, por sí mismos, la infidelidad de los indios, la potestad del emperador sobre ellos, y la potestad del papa sobre los indígenas y su transferencia a los reyes españoles. Es decir, la crítica de Vera Cruz no fue tangencial: fue una refutación estructural de los títulos clásicos de dominación.

Contra el emperador universal y contra la inferioridad natural del indio

Vera Cruz también rechaza la tesis de que el emperador fuese señor del mundo y, por ese camino, pudiera reclamar el Nuevo Mundo. Dice expresamente que los indios nunca fueron súbditos del Imperio romano ni de los reyes de Castilla antes de la conquista; por lo tanto, la guerra y los tributos no pueden justificarse por ese título. El resultado práctico de su razonamiento es radical: si no hay otro título legítimo, hay obligación de restitución.

Igualmente fuerte es su rechazo de la idea de que los indígenas fueran incapaces de dominio por defecto de razón o por supuesta servidumbre natural. Contra la lectura aristotélica usada por autores como Sepúlveda, Vera Cruz responde que aun si alguien necesitara ser guiado, eso no lo priva de verdadero señorío. Pero además insiste en que los pueblos indígenas no eran niños ni amentes: tenían magistraturas, gobiernos, leyes, castigos y premios, y una organización política real, incluso monárquica o aristocrática. En otras palabras, poseían racionalidad cívica suficiente y, por tanto, capacidad plena de dominio.

Aquí se ve la grandeza de su obra. Vera Cruz no sólo defiende abstractamente que el indio tiene alma o humanidad; va más allá y afirma que posee orden político, jurisdicción y propiedad legítima. Eso lo coloca entre los pensadores más importantes del siglo XVI para desmontar la pretensión de que la diferencia religiosa o cultural anulaba el señorío natural de los pueblos indígenas.

Idolatría, pecados y guerra: otra demolición

Vera Cruz niega también que la idolatría, la embriaguez, la fornicación o el adulterio sean causa suficiente para hacer guerra y quitar dominio a los naturales. Su razonamiento es notable: si tales pecados no autorizan guerra contra pueblos cristianos, mucho menos contra infieles no súbditos. Aun viviendo fuera de la fe cristiana, los indios no perdían por eso su derecho a sus bienes, sus reinos o sus gobiernos.

Con esto, el agustino novohispano ataca otro presupuesto clásico de la conquista: que los pecados “contra natura” o la idolatría abrían por sí solos la puerta a la intervención armada. Para Vera Cruz, ese título tampoco se sostiene. Y esto vuelve a chocar frontalmente con la lógica general que las bulas habían reforzado: la idea de que el orden cristiano universal podía traducirse en dominio efectivo sobre pueblos no cristianos.

El límite de Vera Cruz: donde todavía no rompe del todo

Sería un error convertir a Vera Cruz en un moderno liberal o en un crítico absoluto de toda potestad papal. No lo fue. Él todavía admite, en teoría hipotética, que si los predicadores legítimamente enviados por la Iglesia fueran rechazados con violencia, podría haber coerción e incluso guerra para asegurar la predicación. En ese punto conserva una noción medieval de potestad espiritual con efectos temporales.

“En réplica al segundo argumento, nosotros decimos que la respuesta que el dominio que tiene el soberano pontífice sobre el mundo entero, no es absoluto sino hipotético; en cuanto que este pertenece al poder espiritual que recibe de Cristo, en un grado máximo de plenitud, de suerte que en aquellas palabras “Apacienta mis ovejas”, Pedro y todos sus sucesores recibieron tanto poder como fue necesario, sin limitación, desde que Cristo tiene otras ovejas, llámense infieles que no son del redil de la Iglesia y que tienen que venir a la fe…” 602 La novena cuestión: tiene el supremo pontífice el supremo poder. parágrafos 480-605, Claudia López Lomelí, Propiedad, Libertad Y Soberanía En Las Américas: La Teoría Sobre El Dominio De Los Bienes Comunes En Alonso De La Veracruz. 

Pero precisamente allí introduce su crítica histórica más severa: eso no fue lo que ocurrió en América. No llegaron primero predicadores pacíficos; llegaron soldados armados que aterrorizaron, despojaron y mataron. Por eso concluye que la primera guerra no puede justificarse, que la posesión española no era justa por ese camino, y que había obligación de restitución si no se hallaba otro título válido. En otras palabras, aun dentro de sus límites escolásticos, Vera Cruz desbarata la legitimación real de la conquista tal como sucedió en la práctica.

Por qué su obra sigue siendo decisiva

La importancia de Fray Alonso de la Vera Cruz está en que formuló, desde la propia Nueva España, una crítica interna al edificio jurídico de la conquista. No habló desde fuera del mundo católico ni desde un anacronismo moderno. Habló como teólogo, jurista y misionero del siglo XVI. Y desde allí sostuvo que los indios eran verdaderos señores, que la infidelidad no anulaba su dominio, que el emperador no era señor universal, que el papa no podía despojarlos por la sola infidelidad, y que las guerras efectivamente emprendidas por los españoles no fueron justas en sus causas originarias.

Su obra, además, pagó un precio. De dominio infidelium et iusto bello no se publicó en vida del autor; los conflictos que tuvo con la Inquisición y con autoridades eclesiásticas novohispanas, especialmente en torno al tema de los diezmos indígenas, contribuyeron a que sus tratados no vieran la imprenta entonces. Eso ayuda a explicar por qué su nombre no siempre ocupa el lugar que merece en la historia intelectual de América.

Una nota final

La discusión no terminó en el siglo XVI. El propio Vaticano, en 2023, afirmó (incluso pidiendo “perdón”) que la “doctrina del descubrimiento” no forma parte de la enseñanza católica y reconoció que esas bulas no reflejaron adecuadamente la igual dignidad y los derechos de los pueblos indígenas. También recordó que en 1537, con Sublimis Deus, Pablo III declaró que los indios no debían ser privados de su libertad ni de sus bienes.

Pero para entender el quiebre intelectual dentro de la propia América hispana, hay que volver a Fray Alonso de la Vera Cruz. Porque antes de muchas rectificaciones posteriores, él ya había visto el punto esencial: la conquista no podía justificarse teológicamente por la sola infidelidad del indígena, ni jurídicamente por una donación pontificia convertida en título absoluto de dominio. Y al decir eso, no sólo defendió a los indios; defendió también un principio más alto: que ni la espada ni la corona pueden convertir el abuso en justicia por el mero hecho de invocar a Dios.