San Jerónimo, San Isidoro de Sevilla y la tradición del “doble canon” de las Escrituras

Introducción

San Jerónimo (c. 347‑420) fue el primer exégeta latino en distinguir explícitamente entre “libros canónicos” y “libros eclesiásticos” (hoy llamados deuterocanónicos o apócrifos). Su razonamiento aparece sobre todo en el Prologus Galeatus (prólogo a Samuel‑Reyes, c. 391) y en los prólogos individuales a Judit, Tobit, Proverbios, etc. Su argumento principal: Hebraica veritas, es decir; sólo los libros que existían en hebreo dentro del canon judío podían considerarse canónicos; los demás se aceptan “para edificación, no para establecer doctrina”.

Para Jerónimo, el criterio de inspiración no era la tradición eclesial sino la consonancia con el texto hebreo reconocido en la sinagoga. Esa postura lo puso en minoría frente a otros latinos (Agustín, Concilios de Hipona 393 y Cartago 397) que acogían los deuterocanónicos.

  1. Libros canónicos — los que “reglan” (κανών) la fe y son plenamente normativos.

  2. Libros eclesiásticos — leídos públicamente para edificación, pero sin fuerza probatoria en materia doctrinal.

Por su parte, Gregorio Magno unirá refuerzo al decir; “Con respecto a este particular, no actuamos de forma irregular si presentamos testimonio de los libros, aunque no canónicos, publicados para la edificación de la Iglesia. Así, Eleazar, en la batalla, hirió y derribó a un elefante, pero cayó bajo la misma bestia que mató.” — Gregorio Magno, Moralia in Iob 19, 34 (comentando 1 Mac 6:46).

Esta distinción, ya clara en Jerónimo, Gregorio Magno y más tarde en Cayetano, explica la coexistencia de un canon “estricto” (hebreo) y un canon “amplio” (litúrgico) en Occidente.

I. Formación del Antiguo Testamento: dos líneas textuales

Tradición Núcleo Extensión Uso cristiano
Hebrea‑masorética   24 libros (Tanaj) Sin deuterocanónicos Preferida por Jerónimo (“Hebraica Veritas”)
Griega‑Septuaginta   Tanaj + 7‑9 libros Judit, Tobías, Sabiduría, Eclesiástico, 1‑2 Mac, Baruc, etc. Canon funcional en liturgia patrística

La divergencia entre ambas colecciones generó el gran debate occidental sobre qué significa “inspirado” y “normativo”.

II. San Jerónimo y su revisión textual y sumisión eclesial

El debate sobre la extensión del Antiguo Testamento en Occidente puede leerse como la historia de un “doble canon”, esto es, la distinción práctica entre los libros plenamente normativos para la fe (“canónicos”) y aquellos que la Iglesia utilizó para lectura pública y exhortación, pero sin concederles igual fuerza dogmática (“eclesiásticos”, hoy llamados deuterocanónicos o apócrifos). San Jerónimo (420), al emprender la Vulgata, introdujo el criterio de la Hebraica Veritas: solo los libros conservados en hebreo debían gozar de máxima autoridad. En su Prologus Galeatus Jerónimo declara que Judit, Tobías, Sabiduría, Eclesiástico, Baruc y los Macabeos “no están en el canon”, aunque, por obediencia, terminó citándolos como Escritura en comentarios posteriores. Su posición, más filológica que eclesial, abrió un espacio teórico para llamar a estos libros simplemente “eclesiásticos”, válidos para la edificación, pero no para fundar doctrina.

  1. Programa filológico – Regresar al hebreo para depurar la Vulgata (Prologus Galeatus).

  2. Reserva inicial – Llama “apócrifos” a los libros ausentes del canon hebreo.

  3. Evolución – Por obediencia eclesial cita deuterocanónicos como Scriptura (cf. Prólogo de Tobías).

Así nace la categoría “libros eclesiásticos”: útiles, leídos en culto, pero sin fuerza dogmática autónoma.

III. Gregorio Magno (604) e Isidoro de Sevilla (636) y la recepción hispano‑visigoda

Ese espacio se consolidó en el testimonio de Gregorio Magno (604), contemporáneo de San Isidoro de Sevilla. Comentando la muerte de Eleazar (1 Mac 6:46), Gregorio escribe:

“Con respecto a este particular, no actuamos de forma irregular si presentamos testimonio de los libros, aunque no canónicos, publicados para la edificación de la Iglesia. Así, Eleazar, en la batalla, hirió y derribó a un elefante, pero cayó bajo la misma bestia que mató.” (Moralia in Iob 19, 34).

“No actuaremos precipitadamente si aceptamos el testimonio de libros que, aunque no sean canónicos, han sido publicados para la edificación de la Iglesia.” (Tratados morales 19.21, citando un pasaje de los Macabeos).

El papa reconoce, sin ambages, que la Iglesia cita con provecho libros “no canónicos”, con lo cual legitima el uso litúrgico de una colección más amplia mientras salvaguarda el canon estricto como regla de fe. Isidoro (636) se mueve dentro de este mismo marco: en Etymologiae VI 1‑2 reproduce el Prologus Galeatus y, por tanto, la lista hebrea; sin embargo, en De Ecclesiasticis Officiis incluye y comenta los deuterocanónicos conforme a la praxis visigoda, donde la liturgia seguía la Vetus Latina y la Septuaginta. La variación de sus catálogos no revela inconstancia personal, sino la plasticidad canónica previa a los pronunciamientos tardomedievales: el canon “para la doctrina” coexistía con un canon “para la lectio”.

De este modo vemos que Isidoro — maestro enciclopedista — reproduce en sus Etymologiae VI.1‑2 la lista del Prologus Galeatus, pero en De Ecclesiasticis Officiis adopta la praxis litúrgica latina que incorpora los deuterocanónicos. Su obra refleja, pues, el doble uso vigente en la Iglesia hispana:

  • Regla dogmática → canon hebreo‑latino (39 libros).

  • Lectura pública → canon litúrgico (46‑47 libros).

 IV. Cayetano (Tomás de Vio, 1469-1534): la formulación escolástica del “doble canon”

La escolástica tardía explicitó la teoría del Doble Canon. Tomás de Vio, Cayetano (1534), zanja la cuestión:

“Aquí cerramos nuestros comentarios sobre los libros históricos del Antiguo Testamento. Pues el resto (es decir, Judit, Tobías y los libros de los Macabeos) son excluidos por San Jerónimo de los libros canónicos y se ubican entre los apócrifos, junto con la Sabiduría y el Eclesiástico, como se desprende del Prólogo Galeato. No te preocupes, como un erudito inexperto, si encuentras en algún lugar, ya sea en los concilios sagrados o en los doctores sagrados, estos libros considerados canónicos. Pues tanto las palabras de los concilios como de los doctores deben ser corregidas por Jerónimo. Ahora bien, según su juicio, en la epístola a los obispos Cromacio y Heliodoro, estos libros (y cualquier otro libro similar en el canon de la Biblia) no son canónicos, es decir, no constituyen una regla para confirmar la fe. Sin embargo, pueden llamarse canónicas, es decir, como una regla para la edificación de los fieles, al ser recibidas y autorizadas en el canon de la Biblia para tal fin. Con esta distinción, podrás comprender claramente lo que dice Agustín y lo que está escrito en el concilio provincial de Cartago.” (Comentario al último cap. de Ester, citado por William Whitaker, A Disputation on Holy Scripture, Cambridge 1849, 48).

Cayetano conserva la operación jeronimiana: dos niveles de normatividad, una misma colección bíblica en el uso diario de la Iglesia. Así, existía un canon establecido por Dios (los 66 libros de nuestra Biblia) y un canon establecido por la iglesia (que variaba según la región, pero que consistía en los apócrifos e incluso escritos de los Padres de la Iglesia). El primer canon era la autoridad para la doctrina y la iglesia, mientras que el segundo se consideraba útil para la vida devocional y el contexto histórico. Los reformadores no tendrían ningún problema con esta visión de los apócrifos.

Por su parte, el Concilio de Trento (1546) cerró definitivamente la posibilidad de un canon doble dentro del catolicismo romano al declarar como igualmente inspirados y normativos todos los libros leídos en la Iglesia, reacción directa a la crítica a la Reforma que, retomando la línea de Jerónimo, y del Canon Hebreo, había rehusado conferir autoridad doctrinal a los deuterocanónicos. La Confesión Belga codificó la otra vía:

“A estos santos libros los distinguimos de los apócrifos, que son los siguientes: El tercero y cuarto libro de Esdras, el libro de Tobías, Judit, el libro de la Sabiduría, Eclesiástico, Baruc, lo que se ha añadido a la historia de Ester; la oración de los tres mancebos en el fuego, la historia de Susana, la de la imagen de Bel y del Dragón; la oración de Manasés, y los dos libros de los Macabeos. La Iglesia podrá leer estos libros, y también tomar de ellos enseñanzas en tanto en cuanto que estén de conformidad con los libros Canónicos; pero carecen de poder y autoridad para apoyar en ellos algún artículo de la fe o de la religión Cristiana, pues podrían disminuir o contra decir la autoridad de los otros libros sagrados.” (Artículo 6: La diferencia entre los libros canónicos y los apócrifos). 

Comprender el itinerario de Jerónimo, Gregorio Magno, Isidoro y Cayetano muestra que la tensión entre el Canon y la tradición litúrgica no es un accidente marginal, sino el motor mismo del desarrollo de la Iglesia bajo el Canon Bíblico. Allí donde la exégesis hebraica precisó límites, la vida cultual amplió horizontes; donde la autoridad eclesial apeló a la edificación de los fieles, la filología recordó la necesidad de una regla segura.

Conclusión

  • El Occidente latino conoció dos niveles de autoridad:
    Canon (regla de fe) y ecclesiasticus (regla de lectura).

  • San Jerónimo introduce la crítica textual; Gregorio Magno, Isidoro y Cayetano mantienen la práctica de emplear ambos cuerpos, pero sin confundir su peso doctrinal.

  • El “doble canon” medieval explica por qué los deuterocanónicos pudieron ser leídos en misa y, al mismo tiempo, ser puestos en duda como testigos definitivos — tensión que sólo se zanjó dogmáticamente en Trento (1546) para el catolicismo y en la Confesión Belga para la Reforma.

De este modo, Jerónimo actúa como eslabón decisivo entre la tradición oriental restrictiva y las controversias canónicas de la Edad Media y la Reforma, articulando un principio crítico Hebraica veritas y la noción de un canon doble.